Establecimiento derecho antidumping provisional a las importaciones de Cloruro de Colina originario de la República Popular China

Tras el registro de las importaciones que se realiza desde el 22 de enero de 2025 y que informábamos en la newsletter, en fecha 30 de junio de 2025 se ha publicado el Reglamento de Ejecución (UE) 2025/1288 de la Comisión de 27 de junio de 2025 por el que se establece un derecho antidumping provisional sobre las importaciones de cloruro de colina originario de la República Popular China.

Mediante el citado reglamento, a partir del 1 de julio de 2025, las importaciones de cloruro de colina clasificadas en los códigos NC ex 2923 10 00, ex 2309 90 31, ex 2309 90 96 y ex 3824 99 96 y originarios de la República Popular China, deberán garantizar los tipos de derechos individuales que se mencionan a continuación mediante la aportación de una garantía por el importe equivalente al derecho adicional.

Asimismo, la aplicación de los derechos individuales mencionados en el artículo 1.2 estarán condicionados a la presentación de la factura de compromiso correspondiente.

Nuestro departamento de aduanas queda a su disposición para cualquier información adicional.

Atentamente,

 
 
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